Ley 21.442 — ¿Su condominio cumple?Hacer el test (2 min)

Fondo de reserva del condominio: cuánto debe tener y cómo controlarlo

Qué es el fondo común de reserva, el mínimo del 5% que exige la Ley 21.442, para qué se puede usar, quién lo autoriza y cómo detectar si está mal administrado.

Por el equipo de Audit Propiedades · · 6 min de lectura

Técnico revisando la sala de bombas y ascensores de un edificio, mantención financiada con el fondo de reserva

Una bomba de agua que falla, un ascensor que hay que modernizar, un finiquito inesperado. El fondo común de reserva existe para que estos gastos no se transformen en una cuota extraordinaria de emergencia. Pero en muchos edificios el fondo se cobra todos los meses… y no crece.

¿Qué dice la Ley 21.442?

El artículo 39 de la ley establece que:

  • Todo condominio debe tener un fondo común de reserva para gastos comunes extraordinarios, urgentes o imprevistos.
  • Se forma con un recargo sobre el gasto común que no puede ser inferior al 5% del gasto común mensual.
  • Una parte debe destinarse a cubrir las indemnizaciones por término de contrato del personal; ese porcentaje lo fija la asamblea extraordinaria.
  • También ingresan al fondo las multas e intereses que paguen los copropietarios.
  • Su uso debe ser autorizado por el comité. Usarlo en mantenciones ordinarias requiere un acuerdo de la asamblea por mayoría absoluta de los derechos.

Ejemplo simple

Si el gasto común total del edificio es de $10.000.000 mensuales, el aporte al fondo de reserva debe ser de al menos $500.000 al mes, es decir, $6.000.000 al año, más las multas e intereses cobrados. Si al cabo de un año el fondo tiene mucho menos y no hay acuerdos de uso, algo no cuadra.

5 señales de que el fondo de reserva está mal administrado

  1. El saldo no aparece por separado en la rendición mensual.
  2. El fondo está en la misma cuenta que los gastos ordinarios y no se puede distinguir.
  3. Hay retiros sin acta del comité que los autorice.
  4. Se usa para pagar gastos de todos los meses (aseo, luz, sueldos).
  5. No existe provisión para indemnizaciones del personal.

¿No sabe cuánto hay realmente en el fondo de reserva de su edificio? Solicite una reunión gratuita y le decimos qué revisar primero en su condominio.

Cómo controlarlo desde el comité

  • Exija que cada rendición muestre: saldo inicial, aportes del mes, multas e intereses, retiros y saldo final.
  • Pida que el saldo se pueda verificar en una cartola (idealmente en una cuenta o instrumento separado).
  • Registre en acta cada autorización de uso, con el motivo y el monto.
  • Defina en asamblea el porcentaje destinado a indemnizaciones y verifique que se provisione.

Si el fondo no cuadra, una auditoría de gastos comunes permite reconstruir sus movimientos y documentar las diferencias. También le puede servir nuestro checklist para revisar las cuentas.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el mínimo del fondo de reserva de un condominio?

El recargo para el fondo común de reserva no puede ser inferior al 5% del gasto común mensual (art. 39 de la Ley 21.442).

¿Quién autoriza el uso del fondo de reserva?

El comité de administración. Para usarlo en mantenciones ordinarias se requiere un acuerdo de la asamblea por mayoría absoluta de los derechos.

¿El fondo de reserva sirve para pagar finiquitos?

Sí. La ley exige destinar un porcentaje del fondo a cubrir indemnizaciones por término de contrato del personal; ese porcentaje lo fija la asamblea extraordinaria.

¿Quiere saber qué está pasando con el dinero de su edificio?

Agende una reunión gratuita con nuestro equipo. Sin compromiso, sin letra chica.

Respuesta en menos de 24 horas hábiles